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11/04/2013
Agencia de viajes responsable de no informar a la vacuna que viajar al extranjero Autor: TJ/RS La Sala 12 de lo Civil del Tribunal de Río Grande do Sul condenó por unanimidad, la agencia de turismo de Unesul LTD. por violar el deber de informar a la pareja que había interrumpido el viaje a Costa Rica por no poseer una tarjeta de vacunación.

Caso

Los recurrentes compró un paquete de viaje de luna de miel a Costa Rica, que incluye aire, la tierra y el alojamiento con desayuno a un costo de R $ 13,771.84. El viaje duró 15 días, pero se les negó la entrada a su llegada a Panamá, donde podrán realizar la conexión, por no poseer una cartera de vacunación contra la fiebre amarilla. No se puede continuar el viaje, tuvieron que soportar los gastos como la alimentación, con los trastornos de equipaje, entre otros. Además de estar obligados a buscar otra agencia de viajes y los costos a hombros de R $ 14,228.90, lo que retrasa la llegada de dos días a Costa Rica.
El demandado alegó que no tenía información sobre la documentación exigida en el contrato y no puede ser ignorado por los autores, un médico y un abogado, para ser educados y con buena condición intelectual.
Los autores utilizaron las tjrs después que el juez Luiz Menegat, el Distrito de Porto Alegre, el juez desestimó la demanda, negando la solicitud.

Recurso

Los autores interpusieron entonces un recurso de casación ante la Corte.
La decisión de la apelación del Relator, el Juez Umberto Guaspari Sudbrack condenó el Unesul LTD Turismo. el pago de daños materiales por un monto de R $ 14,228.84 y $ 8000 para cada uno de los autores.
Fue hasta la parte demandada (D) demostrar el cumplimiento efectivo del deber de información, lo que corresponde al derecho del consumidor a la tierra una información clara y adecuada sobre el producto o servicio (art. 6, III, CDC). Hizo hincapié en que el contrato debería por lo menos hacer mención clara y explícita de la necesidad de hacer el listado fecha de la cita, disponible en línea en el sitio web de la agencia. Lo que, sin embargo, no se produjo, que se encuentra.
Participó en el juicio los jueces José de Camargo Flôres Aquino y Ana Lucia Carvalho Pinto Vieira Rebout, que votó de acuerdo con el ponente.
Apelación civil N º 70044967461

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