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15/02/2013
Despedido trabajador se ausenta por seguro de desempleo tiene otro trabajo Autor: http://www.tst.jus.br

El seguro de desempleo es un beneficio otorgado a los trabajadores desempleados durante un periodo variable máximo de tres a cinco meses, en forma continua o alternada para cada periodo de devengo, como previsión de la Ley N º 8.900/94. Si un empleado tiene lazos con dos empleadores diferentes, la exención no les da el derecho al pago de la prestación. Fue con este entendimiento que la Sala Séptima de la Corte Superior del Trabajo (TST) estimó el recurso del Hospital de Nossa Senhora do Ó Paulista Ltda. para absolver a su condena del pago de la indemnización del seguro de desempleo.

Tras el despido por justa causa, un empleado del hospital presentó una demanda laboral con el fin de recibir la indemnización por despido y el seguro de desempleo. La sentencia sigue siendo la causa alegada por la empresa y rechazó la reclamación del trabajador.
Bitter, apeló Tribunal ordinario Regional del Trabajo de la Región 6 (PE), que desestimó el despido por justa causa y ordenó al hospital a pagar cuotas derivadas de despido sin causa, incluida la indemnización del seguro de desempleo. La decisión, sin embargo, fue revocada por el juicio declarativo TRT embargos en el que la empresa alegó que la declaración espontánea que el trabajador tenía dos empleos. Por lo tanto, la Regional concluyó la imposibilidad de recibir el seguro de desempleo, pero determinó que la decisión erróneamente concedido el beneficio sólo puede ser reformada en el TST.

El hospital de la ponente de recursos en Gang Séptimo, ministro Ives Gandra Martins Filho, le dio la razón y excluidos del seguro de desempleo condena a una indemnización. Explicó que la finalidad de la prestación es "proporcionar asistencia financiera temporal a trabajadores desempleados por despido sin causa, como indirecta, ayudando en la búsqueda de empleo".
En este caso, el trabajador había reconocido que el empleo con otro hospital cuando su renuncia, "debería eliminarse de la condenación de las partes indemnización relativas al seguro de desempleo, por tal beneficio se debe exclusivamente a los desempleados", concluyó el juez. La decisión fue unánime.

(Leticia Tunholi / CF)


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