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15/02/2013
Reconocido repercusión general del PIS sobre ingresos generados por alquileres Autor: www.tributario.net

El debate sobre el impacto del Programa de Integración Social (PIS) sobre los ingresos obtenidos en propiedades de alquiler, incluso con respecto a las empresas que alquilan la propiedad, tuvo su repercusión globalmente reconocida por el Tribunal Supremo (STF), en votación llevada a cabo Plenaria en Virtual. El tema será llevado a juicio en la apelación extraordinaria (RE) 599658, en la que la Unión cuestionó el fallo del Tribunal Regional Federal (TRF) de la 3 ª Región, lo que garantizó una industria de muebles de São exclusión Paulo de la renta obtenida por el arrendamiento de un propiedad en la base de cálculo del PIS.

Según el portavoz de la RE, Ministro Luiz Fux, la cuestión de la ampliación de la base de cálculo del PIS y Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social (COFINS) para algunos segmentos de negocio ya presentados al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, el caso de las aseguradoras RE en 400.479, informó el ministro Cezar Peluso (retirado). Después de la votación de la ponente en el caso de los aseguradores, a juicio de los méritos de RE fue suspendida por orden de la vista. Las instituciones financieras, la Corte reconoció la repercusión general de la materia en el RE 609.096.

"Dado que el asunto está siendo examinado por el Tribunal en materia de seguros y las instituciones financieras, la discusión debe hacerse extensiva a las empresas de alquiler, especialmente aquellos que alquilar la propiedad," dijo el Ministro Luiz Fux. En este caso particular, señala, la discusión puede ampliarse a Cofins. En RE, el Sindicato sostiene que la decisión del TRF-3, para excluir de la base de cálculo de los ingresos de bienes raíces, distorsionado sus propios PIS y así desafió expresarse directamente y en el artículo 195, inciso I, párrafo " b "y en el artículo 239 de la Constitución Federal.

En su demostración, el ministro dijo Fux en la materia son las decisiones de la Corte Suprema de Justicia reconoce que los ingresos por arrendamiento de bienes no constituye una base para el cálculo de los impuestos y otras, dictadas por el Ministro en el mismo RE Eros Grau (Ponente) , que se dio el despido de la sentencia dictada por el final de la RE 400 479. Hay otras decisiones teniendo en cuenta que estos fondos constituyen la base para el cálculo de los impuestos. "Teniendo en cuenta estas circunstancias, la presentación del caso a la Corte plenaria en que sea necesario, en particular para evitar decisiones contradictorias sobre el tema", concluyó Fux.

STF


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