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03/04/2013
Suspendió los pagos precatórios en orden ascendente Autor: TJ/RS Con la publicación, el 02.04.2013, el acta de juicio la decisión del Supremo Tribunal Federal (STF), que reconoció la inconstitucionalidad de la Enmienda Constitucional No. 62/2009, todos los esfuerzos para el recurso del Estado de Rio Grande do Sul se concentrará en pago de orden cronológico, en el que se insertan las preferencias (las personas mayores y las personas con enfermedades graves).

Esto significa que los pagos se suspenden en orden ascendente hasta que el módulo FTS (set) los efectos de la decisión, sobre todo porque la fecha a considerar para la decisión entre en vigor, que puede corresponder a la fecha de la sentencia o emitir que el pasado (la fecha de publicación de la modificación) o para el futuro.

Como resultado de la obediencia a lo decidido por la Corte Suprema de Justicia, el pago de R $ 114,374,918.30 a 4.934 acreedores, en orden ascendente, que sólo esperaba el compromiso se suspende, pero puede reanudarse si los efectos que se puedan establecer la decisión del Tribunal Supremo permite.

Según el Juez Coordinador del Centro de Precatórios el Tribunal de RS, Luiz Antonio Alves Capra, el pago de un número significativo de los prestamistas, de manera significativa, el resultado de su trabajo. Según el juez, los términos que quedó pendiente en la Corte Suprema de Justicia para definir la situación, si es posible, para reanudar los pagos que estaban a punto de llevarse a cabo en orden ascendente. Esto no quiere decir que los esfuerzos para pagar a los acreedores disminuirá, sino que todas las fuerzas se dirige solamente a un método de pago, es decir, el pago de las preferencias y entrar definitivamente en orden cronológico.

Orden ascendente y Orden

El magistrado explicó que mientras Capra aplicado las normas de la CE N ° 62/2009, el mandato del Estado de RS se les pagaba por orden cronológico y en orden ascendente (50% de los recursos para cada uno).
El orden cronológico, como su nombre lo dice, se respeta el orden de entrada del recurso en TJ. En orden cronológico se insertan preferencias (ancianos y pacientes con enfermedad severa en los alimentos precatórios).
La orden creciente de pago considerado suplicante de menor a mayor valor y llegó hasta R $ 56 mil dólares.

¿Cómo se hacen los pagos

Se pagará el recurso de orden cronológico, en el siguiente orden:
Una. Preferencias (precatórios comida para los ancianos y las personas con enfermedades graves)
2 º. Sin preferencia alimentaria
3 º. No alimenticios

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