En todo momento conoce a alguien que compró una propiedad en la planta, que se enfrentó y se enfrenta al problema de la no finalización de los trabajos a tiempo.
Las demandas están creciendo todos los días, y la jurisprudencia está tomando en cuenta varios factores al decidir sobre la conveniencia o no la responsabilidad del contratista.
La construcción en la mayoría de los casos se defiende alegando que la demora en la obra se produjo por causas ajenas a su voluntad, debido al exceso de lluvias, la falta de equipos y la falta de mano de obra calificada para completar el proyecto. Uno de los factores tenidos en cuenta por la jurisprudencia es la prueba de que las anomalías climáticas, y la evidencia de la falta de materias primas y mano de obra calificada.
La posición de la mayoría hoy en día es que las grandes empresas de construcción deben ser preparados y estructurados para enfrentar este tipo de situación, se considera que exploran actividad de riesgo.
Vale la pena destacar las enseñanzas de Sergio Cavalieri Hijo, a quien el Código abrazó la teoría del riesgo del proyecto, de modo que todos los que están dispuestos a realizar cualquier actividad en el mercado de consumo tiene la obligación de dar cuenta de posibles defectos o defectos de los productos o servicios prestados, independientemente de la culpa.
La simple afirmación de que el retraso se debió a la mano de obra y materiales, debido al "boom" del mercado de la vivienda, también es incompatible. El proceso acoplado de los informes y documentos de la Asociación de la Industria de la Construcción en el Estado de Rio Grande do Sul - Sinduscon / se consideran genéricos y no puede eximir la responsabilidad de los contratistas.
El plazo establecido en el contrato y por lo general considerado tolerable por el poder judicial es el retraso de 180 días, o seis meses después de la fecha límite para la entrega de la obra. Después de este plazo, si el contratista no puede probar que el incumplimiento del contrato se deriva de un caso fortuito o de fuerza mayor, se presentarán los requisitos para la caracterización de la obligación de indemnizar, a saber, la conducta del agente y su relación con el daño sufrido, así como el pago la pena convencional.
En cuanto a la solicitud de indemnización por daño moral no sólo el mero incumplimiento de contrato o meras molestias que experimentan ante la demora en la entrega de los bienes en la fecha.
Para tener derecho a ninguna compensación por los daños morales, el consumidor tendrá que probar la situación perjudicial y lamentable que el retraso de la obra que produce. Ejemplos de estos casos sería organizar la boda en la cara de tiempo prometido por la construcción, la compra de una propiedad más grande planificar la llegada de un niño, entre otras hipótesis que generan pérdidas reales y frustraciones en las expectativas del comprador.